Actualizado el 19 de agosto de 2026 La carga pública​​ 

SFHSA responde sus preguntas​​ 

Preguntas frecuentes sobre el cambio de la norma de la carga pública de 2026​​ 

Actualmente, los funcionarios federales de inmigración que realizan resoluciones de la carga pública solo consideran los programas de asistencia en efectivo y el cuidado a largo plazo institucional a cargo de Medi-Cal. Según la nueva norma, después del 18 de septiembre de 2026, los funcionarios federales de inmigración también podrían considerar determinados beneficios públicos no monetarios basados en ingresos; como Medi-Cal, CalFresh (SNAP), WIC, comidas escolares y asistencia para la vivienda.​​    

La nueva norma sobre la carga pública entra en vigor el 18 de septiembre de 2026. Se aplicará a las solicitudes de ajuste de condición (solicitudes de tarjeta verde) que tengan fecha de matasellos o que se envíen por vía electrónica a partir del 18 de septiembre. También se aplicará a las solicitudes de admisión en los Estados Unidos (solicitudes de visa) realizadas a partir del 18 de septiembre.​​   

No. La norma de la carga pública no se aplica a todos los inmigrantes. Solo rige para ciertas personas que no son ciudadanas y quieren ser admitidas en los Estados Unidos o solicitan la condición de residente permanente legal (tarjeta verde). No se aplica a ciudadanos de EE. UU., titulares actuales de tarjeta verde (a menos que salgan del país por 6 meses), no ciudadanos que no busquen obtener una tarjeta verde ni muchos inmigrantes por razones humanitarias, incluidos refugiados y asilados. Las solicitudes y renovaciones de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (Deferred Action for Childhood Arrivals, DACA) tampoco se ven afectadas.  Para saber si la norma de la carga pública se aplica en su caso, comuníquese con su abogado de inmigración o llame a la línea directa de asesoría legal gratuita del Área de la Bahía.​​  (800) 551-5554 o visite​​  este enlace​​  para obtener recursos adicionales.​​   

Actualmente, los beneficios que reciben familiares, incluidos hijos o cónyuges que son ciudadanos de los EE. UU., no se consideran en una determinación de inadmisibilidad por carga pública.​​    

Según la nueva norma, los funcionarios federales de inmigración tendrán amplia discreción para considerar si los familiares dependientes solicitaron o recibieron aprobación para obtener beneficios públicos en función de sus ingresos o los recibieron como parte de la determinación general de inadmisibilidad por carga pública.​​   

Según la nueva norma, los oficiales federales de inmigración pueden utilizar su discreción para evaluar factores adicionales durante una determinación de inadmisibilidad de la carga pública. Estos complementarían los criterios que se consideran actualmente: edad, salud, estado familiar, estado financiero, educación, habilidades, empleo, declaraciones juradas de apoyo y programas de beneficios.​​  

Depende del tipo de beneficio.  Los funcionarios federales de inmigración considerarán los beneficios en efectivo y el cuidado institucional a largo plazo a cargo de Medi-Cal si se reciben antes de la fecha de entrada en vigencia del 18 de septiembre. Por el contrario, los funcionarios federales de inmigración no considerarán otros beneficios públicos que no sean en efectivo, como CalFresh o la asistencia para la vivienda, y que se hayan recibido antes de esa fecha.​​  

Sí. El patrocinador sigue teniendo la obligación de enviar una declaración jurada de apoyo. Los funcionarios federales de inmigración pueden tomar en cuenta una declaración jurada en una determinación de inadmisibilidad por carga pública, pero según la nueva norma, no están obligados a tratarla como factor positivo.​​  

Mientras continuemos evaluando la norma de la carga pública y sus efectos, incentivamos a los miembros de la comunidad a que realicen lo siguiente:​​   

  • Por el momento, seguir solicitando y accediendo a los servicios que tienen derecho de recibir;​​ 
  • Buscar información en fuentes confiables. Para saber cómo recibir beneficios públicos puede afectar su estado migratorio, comuníquese con su abogado de inmigración o llame a la línea directa de asesoría legal gratuita del Área de la Bahía​​  (800) 551-5554
  • Tener cuidado en caso de que una persona llame o envíe mensajes de texto haciéndose pasar por funcionarios de inmigración, y denunciar las estafas. Las estafas se pueden denunciar ante el Departamento de Justicia de California:  oag.ca.gov/report.​​   

Según la legislación vigente, muchos tipos de beneficios públicos no están sujetos a la prueba de la carga pública, como el uso de Medi-Cal (excepto en el caso de la atención institucional a largo plazo), CalFresh, el Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Bebés y Niños (Women, Infants, and Children, WIC), las comidas escolares y el apoyo para la vivienda. ​​ 

Solicite beneficios​​ 

Le instamos a buscar los beneficios de apoyo que necesita para usted y su familia. Solicite beneficios en línea a través de BenefitsCal o por teléfono al (415) 558-4700. ​​ 

Conozca sus derechos:Obtenga información.​​ 

 Cada situación es diferente. Si tiene preguntas sobre la carga pública y sus beneficios, haga lo siguiente:​​  

  • Llame a la Línea de asesoría gratuita de Bay Area Legal Aid al (800) 551-5554 ​​ 
  • Consulte nuestras preguntas frecuentes a continuación.​​  

 Para servicios e información para inmigrantes en toda la ciudad, incluyendo ayuda legal, visite la página Servicios para inmigrantes de la ciudad. ​​ 

Preguntas frecuentes sobre Public charge​​ 

La carga pública es un término legal que describe a un no ciudadano que depende principalmente de los beneficios del gobierno para recibir apoyo. Estos beneficios incluyen programas de asistencia en efectivo y centros de cuidado a largo plazo financiados por Medi-Cal (consulte la pregunta n.º9).​​  

Los oficiales federales de inmigración usan la prueba de la carga pública para decidir a quiénes les permitirán ingresar a los EE. UU. o quiénes pueden obtener una residencia permanente legal (tarjeta verde).  También aplica para los titulares de una tarjeta verde que salen del país por seis meses y desean reingresar. ​​  

La carga pública no aplica para otras solicitudes de inmigración, como las solicitudes para convertirse en un ciudadano naturalizado de los EE. UU.​​  

Si se determina que un no ciudadano es una carga pública, las autoridades de inmigración podrían denegar su solicitud de visa o tarjeta verde.​​    

Actualmente, la prueba de carga pública se limita a los programas de asistencia en efectivo y a la atención institucional a largo plazo financiada por Medi-Cal. Según la nueva norma, luego de septiembre 18, también se podrán considerar ciertos beneficios públicos no monetarios basados en los ingresos, incluidos Medi-Cal, CalFresh (SNAP), WIC, comidas escolares y asistencia para la vivienda.​​   
 
La norma de carga pública no se aplica a la mayoría de los inmigrantes. Esta normativa se aplica únicamente a ciertos extranjeros que buscan ingresar a los Estados Unidos o que solicitan la residencia permanente legal (tarjeta verde). No se aplica a los ciudadanos estadounidenses, a los titulares actuales de la tarjeta verde (a menos que salgan del país durante 6 meses), a los no ciudadanos que no estén solicitar una tarjeta verde, ni a muchos inmigrantes humanitarios, incluidos los refugiados y los solicitantes de asilo.​​  
 
La nueva norma sobre carga pública aún no está en vigor. La actual regla de la carga pública del 2022 permanece vigente hasta septiembre 18, 2026. Según la nueva norma, cualquier beneficio público no monetario recibido antes de la fecha que entra en vigor no se tendrá en cuenta en una futura determinación de carga pública. ​​  

Public charge se aplica a un número limitado de estados migratorios legales y solo en puntos específicos en el proceso de inmigración. Por lo general, la prueba de public charge se aplica cuando una persona:​​  

  • Solicita ingresar a EE. UU.,​​   
  • Solicita ajustar su estado migratorio para obtener una tarjeta verde.​​  
  • Es titular de una tarjeta verde e ingresa nuevamente al país después de estar fuera de los EE. UU. durante más de seis meses consecutivos.​​  

 No. Si usted actualmente tiene una tarjeta verde y necesita renovarla, la prueba de la carga pública no se aplica.​​ 

No. La mayoría de los inmigrantes que reciben beneficios y servicios públicos **no** se ven afectados por la norma de la carga pública. La prueba de la carga pública **no** se aplica para refugiados, solicitantes de asilo y otras categorías de inmigrantes humanitarios.​​   

No. La norma de la carga pública no aplica para solicitantes de ciudadanía.​​  

 No. La norma de la carga pública nunca se aplica a los ciudadanos, incluidos los niños nacidos en los EE. UU. de padres inmigrantes.​​  

Si ingresa a los EE. UU. o solicita una tarjeta verde, los únicos programas de asistencia pública considerados en la prueba de la carga pública son los siguientes:  ​​  

  • Programas de asistencia en efectivo, como CalWORKs, Programas de Asistencia para Adultos del Condado (CAAP) y el Ingreso Suplementario de Seguridad (Supplemental Security Income, SSI)​​  
  • Cuidado a largo plazo institucional pagado por el gobierno, como Medi-Cal​​   

Muchos otros beneficios públicos no se consideran en la prueba de la carga pública.​​   

  No.​​  

  No. Los beneficios de alimentos como CalFresh (cupones para alimentos) actualmente no se consideran en la prueba de la carga pública.​​   

No. Usar Medi-Cal no hace que un inmigrante sea una carga pública, a menos que viva en un centro de cuidado a largo plazo y Medi-Cal lo financie.​​  

No. Los beneficios financiados por el gobierno que reciben sus hijos y familiares no lo convierten en una carga pública.​​   

No. California no requiere que los patrocinadores o los hijos de beneficiarios reembolsen los beneficios ni paguen impuestos sobre esos beneficios.​​ 

No.​​  

La Agencia de Servicios Humanos de San Francisco usa su información solo para fines de elegibilidad. Posiblemente sea necesario verificar con el gobierno federal la información que usted proporcione en una solicitud de beneficios públicos, pero únicamente para confirmar su elegibilidad para recibir los servicios. ​​  

Aunque no podemos proporcionar orientación legal, los abogados de inmigración sin fines de lucro con los que nos asociamos pueden ofrecer ayuda legal gratuita sobre beneficios públicos e inmigración.​​  

Si tiene preguntas sobre los beneficios públicos y la carga pública, llame a la Línea de asesoría de Bay Area Legal Aid al​​  (800) 551-5554.​​ 

  • Para obtener más información sobre los beneficios públicos disponibles según el estado migratorio y la información requerida, visite nuestra​​  Beneficios públicos para inmigrantes​​  página. Hay ayuda disponible en varios idiomas.​​  
  • Para obtener servicios en toda la ciudad para inmigrantes, incluyendo ayuda legal, servicios laborales y profesionales, y vivienda y refugio, visite la página de la ciudad​​ Servicios y recursos para inmigrantes​​  página.​​  
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